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Bono Cultural Joven 2026: 400 € para quien cumple 18 años
El Bono Cultural Joven son 400 € para gastar en cultura durante un año: entradas, libros, música, plataformas, cursos o instrumentos. En 2026 es para quienes cumplen 18 años este año, es decir, los nacidos en 2008, con nacionalidad española o residencia legal en España. No se miran los ingresos de la familia.
Datos comprobados en el BOE y en la convocatoria el 28-10-2026 · Revisado por Fadrique Garcia Font.
Quién puede pedirlo
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Cumplir 18 años durante el año de la convocatoria: en 2026, haber nacido en 2008. Da igual el día: vale tanto quien los cumplió el 1 de enero como quien los cumple el 31 de diciembre.
Real Decreto 401/2026, de 20 de mayo, normas reguladoras del Bono Cultural Joven, art. 5.1.a
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Tener la nacionalidad española o la residencia legal en España cuando se presenta la solicitud.
- También pueden pedirlo quienes han solicitado asilo, con el resguardo de la solicitud de protección internacional.
- Quienes han solicitado protección temporal (por ejemplo, personas desplazadas por una guerra).
- Las personas extranjeras que estuvieron tuteladas por la Administración y están tramitando el permiso de residencia, con un certificado de la entidad que las tuteló.
Real Decreto 401/2026, de 20 de mayo, normas reguladoras del Bono Cultural Joven, art. 5.1.b y 5.2
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Se concede una sola vez a cada persona. Quien no lo pidió el año en que cumplió 18 no puede pedirlo después: cada convocatoria es solo para los que cumplen 18 ese año.
Real Decreto 401/2026, de 20 de mayo, normas reguladoras del Bono Cultural Joven, arts. 3.2 y 5.1.a
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No se miran los ingresos de la familia ni hace falta estar al corriente con Hacienda o la Seguridad Social.
Real Decreto 401/2026, de 20 de mayo, normas reguladoras del Bono Cultural Joven, art. 5.3
En qué se gastan los 400 €
Al pedirlo hay que elegir una de estas dos formas de gastarlo, y luego no se puede cambiar. Solo vale en las tiendas y entidades adheridas al programa.
Modalidad 1: un poco de todo
En la web oficial, «Descubre Cultura» o «Bono Cultural Joven ampliado».
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Hasta 200 € · Artes en vivo, patrimonio y creación
Entradas y abonos de teatro, danza, conciertos, cine, museos, exposiciones, bibliotecas y festivales; espectáculos taurinos; cursos presenciales de materias culturales; instrumentos musicales, partituras, material artístico, cámaras de fotos y programas de creación artística.
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Hasta 100 € · Productos en soporte físico
Libros, revistas, prensa, videojuegos, vinilos, CD, DVD y Blu-ray.
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Hasta 100 € · Consumo digital
Suscripciones a plataformas de música, vídeo, lectura o videojuegos (cuatro meses como mucho), libros digitales, audiolibros, música digital, pódcast, prensa digital y cursos en línea de materias culturales.
Real Decreto 401/2026, de 20 de mayo, normas reguladoras del Bono Cultural Joven, art. 8.1.a y 8.7
Modalidad 2: todo para crear
En la web oficial, «Crea Cultura» o «Bono Cultural Joven creativo».
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Hasta 400 € · Cursos, instrumentos y material de creación
Cursos y talleres de contenido cultural, presenciales o en línea; instrumentos musicales; medios y material de creación artística. Nada de entradas, libros, videojuegos ni suscripciones.
Real Decreto 401/2026, de 20 de mayo, normas reguladoras del Bono Cultural Joven, art. 8.1.b y 8.2
Lo que no entra. En ninguna de las dos: artesanía, obra plástica y gráfica, papelería, libros de texto, ordenadores, móviles y demás electrónica (salvo los programas profesionales de creación artística), espectáculos deportivos y de motor, moda, gastronomía, contenidos X o pornográficos y lo que se vende junto a un producto cultural sin serlo.
Real Decreto 401/2026, de 20 de mayo, normas reguladoras del Bono Cultural Joven, art. 8.3 · Orden de 10 de junio de 2026 del Ministerio de Cultura, convocatoria del Bono Cultural Joven 2026 (BDNS 912379), art. 1.3.a y 1.3.f
Cómo se pide, paso a paso
- Solo por internet, en la web oficial del Bono Cultural Joven: primero se crea una cuenta con tu propio correo y después se rellena y firma la solicitud. (art. 4.1)
- Para firmar hace falta Cl@ve o certificado digital. Con 18 años cumplidos vale Cl@ve con registro básico, que se consigue por videollamada. Si al pedirlo aún tienes 17, solo vale Cl@ve con registro avanzado, que se saca en persona en una oficina, acompañado de tu padre, madre o tutor. (art. 4.4)
- Con 17 años puedes pedirlo tú, sin permiso de tus padres. También puede pedirlo por ti un adulto como representante, con el formulario de representación firmado; el libro de familia no sirve para acreditarla. (arts. 4.3 y 5.3.c)
- En la solicitud eliges la modalidad, y después ya no se puede cambiar. (arts. 8.2 y 10.3)
- Se pide el DNI o NIE con su número de soporte. Si no tienes la nacionalidad española, el certificado de residencia legal (o el resguardo de asilo o de protección temporal, o el certificado de la entidad que te tuteló), salvo que dejes que lo consulten ellos. (art. 5.3 y 5.4)
- Si te lo conceden, recibes una tarjeta prepago virtual en la aplicación del bono (hace falta un móvil con NFC). Si no tienes, puedes pedir en la solicitud una tarjeta física, que llega por correo en hasta 30 días. (art. 12.1 y 12.2)
Lo que conviene saber
- Te tienen que contestar en seis meses como mucho. Si no contestan en ese plazo, la solicitud se entiende denegada. (art. 10.7)
- Hay un año para gastarlo, contado desde la fecha en que te lo conceden, no desde que recibes o activas la tarjeta. Lo que no gastes se pierde. (art. 9)
- Solo funciona en las tiendas y entidades adheridas al programa, que salen en el mapa de la web oficial. Una librería que no esté adherida no lo acepta. (art. 8.1)
- Lo físico (libros, discos, videojuegos, material artístico) hay que recogerlo en la tienda: no se envía a casa ni a un punto de entrega. Solo las suscripciones a periódicos y revistas llegan a domicilio. (art. 1.6)
- Se puede cambiar un producto por otro de igual o más precio si la tienda lo acepta, pero no devolverlo para recuperar el dinero, salvo que la tienda no pueda entregarlo. (art. 8.5)
- Hay que subir a la aplicación o a la web el tique o la factura de cada compra (con importe, fecha y nombre de la tienda). Si gastas en algo que no entra, te pedirán que lo devuelvas en 10 días y te pueden bloquear la tarjeta. (arts. 13.3 y 14)
- No cuenta como ingreso para las becas ni para otras ayudas públicas, como el ingreso mínimo vital, y se puede tener a la vez que cualquier otra ayuda. (art. 12.1 y 12.3)
- Cuenta en la declaración de la renta como ganancia patrimonial, pero solo lo que gastes y en el año en que lo gastes (casilla 0323). Por sí solo no te obliga a hacer la declaración: las ayudas públicas no obligan hasta 1.000 € al año. (art. 12.2)
Preguntas frecuentes
Nací en 2007 y no lo pedí. ¿Puedo pedirlo ahora?
No. Cada convocatoria es solo para quien cumple 18 años ese año, y la tuya fue la de 2025. No hay forma de recuperarlo.
Nací en 2009. ¿Cuándo me toca?
En la convocatoria de 2027, si el Ministerio la publica. El programa no tiene fecha de fin, pero cada año necesita su propia orden; las de los últimos años salieron en junio y cerraron el 31 de octubre.
Todavía tengo 17 años. ¿Tengo que esperar a mi cumpleaños?
No. Basta con cumplir los 18 dentro del año, y puedes pedirlo tú sin permiso de tus padres. Lo único que cambia es la identificación: necesitas Cl@ve con registro avanzado, que se saca en persona, o que lo pida por ti un adulto como representante.
¿Cuenta como ingreso para la beca o para el ingreso mínimo vital de mi familia?
No. El real decreto dice que no se suma a la renta ni al patrimonio de la familia para becas ni para otras ayudas públicas, y nombra expresamente el ingreso mínimo vital.
¿Puedo comprar por internet?
Lo digital, sí: suscripciones, libros digitales, música o cursos en línea, en plataformas adheridas. Los libros, discos o videojuegos en papel o en caja se pueden reservar, pero hay que recogerlos en la tienda.
Lo que todavía no damos por seguro
- Si habrá convocatoria en 2027 para los nacidos en 2009 y en qué fechas. El programa es indefinido, pero cada año necesita una orden y su dinero en los presupuestos.
- En la modalidad 1, el real decreto pone el material artístico en la parte de 200 €, pero la web oficial lo pone en la de 100 € de productos físicos. Si vas a gastar mucho en material, pregúntalo antes.
- Si un joven extranjero que está en España con una autorización de estancia por estudios (no de residencia) cuenta como residente legal. La ley de extranjería separa la estancia por estudios de la residencia, así que parece que no, pero el Ministerio de Cultura no lo ha aclarado.
Fuentes
- Real Decreto 401/2026, de 20 de mayo, normas reguladoras del Bono Cultural Joven
- Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF (art. 96.2.c: quién no tiene que declarar)
- Orden de 10 de junio de 2026 del Ministerio de Cultura, convocatoria del Bono Cultural Joven 2026 (BDNS 912379)
- Extracto de la convocatoria de 2026 en el BOE (BOE-B-2026-21271)
- Web oficial del Bono Cultural Joven
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