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¿Tengo derecho?

Ayuda del Estado · Agencia Tributaria (AEAT)

Deducción por maternidad 2026: 100 € al mes por hijo menor de 3 años

Las madres con hijos menores de 3 años pueden restar de su IRPF 100 € al mes por cada hijo, hasta 1.200 € al año, y hasta 1.000 € más si pagan guardería. Se cobra aunque no se pague IRPF, y se puede recibir cada mes por adelantado.

La tiene la madre que cobraba el paro al nacer el niño, o que estaba de alta en la Seguridad Social entonces o después con al menos 30 días cotizados. El derecho se mira al nacer y dura hasta que el niño cumple 3 años.

Datos comprobados entre el 27-10-2026 y el 30-10-2026 · Revisado por Fadrique Garcia Font.

Calcula si te corresponde

Requisitos

  1. Vivir fuera del País Vasco y de Navarra: allí el IRPF lo regula cada Hacienda foral, que no tiene estos 100 € al mes de la madre sino sus propias rebajas por hijos.

    Art. 4.2 · comprobado el 30-10-2026

  2. Un hijo menor de 3 años, o adoptado o acogido hace menos de 3 años (desde la inscripción en el Registro Civil). Se cuenta por meses: el del nacimiento sí, el del tercer cumpleaños no.

    Art. 81.1 · comprobado el 27-10-2026

  3. Que la madre cobrara el paro o el subsidio al nacer el niño, o que estuviera de alta en la Seguridad Social entonces o después, con al menos 30 días cotizados.

    Art. 81.1 · comprobado el 27-10-2026

  4. Es de la madre. El padre (o un tutor) la tiene si la madre fallece o si tiene la custodia exclusiva; con custodia compartida, no. La calculadora no pregunta quién es la madre.

    Art. 81.1 · comprobado el 27-10-2026

  5. No hay deducción los meses en que alguno de los progenitores cobra por ese hijo el complemento de ayuda para la infancia del IMV (salvo quien tenía los dos en 2022).

    Art. 81.3 · comprobado el 27-10-2026

  6. Tener derecho al mínimo por descendientes por ese hijo: que viva con ella y no tenga rentas de más de 8.000 €. La calculadora lo da por hecho.

    Art. 81.1 · comprobado el 27-10-2026

Cuánto se cobra

100 € por cada mes en que se cumplen los requisitos, por hijo menor de 3 años: hasta 1.200 € al año. Hasta 1.000 € más al año (por meses completos y sin pasar de lo pagado) por guardería o escuela infantil autorizada. 150 € más por cada hijo el mes en que se llega a los 30 días cotizados, si el alta fue después del nacimiento (ese año, hasta 1.350 € por hijo; Manual de Renta 2025). Se cobra aunque no se pague IRPF.

Ejemplos por tipo de hogar

  • Pareja que trabaja, con una hija de 1 año.

    Hasta 100 € al mes

    La madre trabaja: 100 € al mes.

  • Madre sola que trabaja, con hijos de 2 años y de 4 meses.

    Hasta 200 € al mes

    Dos hijos menores de 3 años: 200 € al mes.

  • Madre que trabaja, con un hijo nacido el 30 de enero de este año.

    Hasta 100 € al mes

    El mes de nacimiento cuenta entero: 1.200 € en el año (INFORMA 146411).

    Comprobado con: Manual práctico de Renta 2025 y preguntas INFORMA de la AEAT (28-10-2026).

  • Pareja que trabaja y espera su primer hijo.

    Hasta 100 € al mes

    Cuando nazca, 100 € al mes.

  • Madre sola que cobra el paro, con un bebé.

    Hasta 100 € al mes (probablemente)

    Vale si cobraba el paro al nacer el niño (a confirmar).

  • Pareja en la que ninguno trabaja ni cobra el paro, con un bebé.

    Hasta 100 € al mes (probablemente)

    La tiene si la madre trabajaba o cobraba el paro al nacer el bebé, aunque ahora no (a confirmar).

  • Madre sola que trabaja, con un bebé, y cobra el complemento de infancia.

    No le corresponde

    Mientras cobre el complemento por él, no hay deducción.

  • Madre que trabaja con un hijo de 3 años.

    No le corresponde

    Ya ha cumplido 3 años.

Son casos de prueba: un test comprueba que la calculadora da justo estas cifras.

Cómo se pide

En la declaración de la renta, o por adelantado cada mes con el modelo 140 en la sede de la Agencia Tributaria (la de guardería, solo en la renta).

Plazo: En la campaña de la renta del año siguiente, o por adelantado desde el mes en que se pide.

Documentos

  • NIF
  • Datos del hijo
  • Para la guardería, lo que informa el centro a Hacienda (modelo 233)

Ir a la página del organismo

Qué se puede cobrar a la vez

  • Por el mismo hijo y los mismos meses, o el complemento de infancia o la deducción (regla C11 del 08). (art. 81.3)

Qué ha cambiado

  • Desde 2023 la tienen también las madres que cobraban el paro o el subsidio al dar a luz, y las que se dan de alta después del nacimiento: el mes en que llegan a los 30 días cotizados suman 150 € por hijo. (art. 81.1 y 81.3)

Errores frecuentes

  • «Solo la tienen las madres que trabajan.» También quien cobraba el paro o el subsidio al nacer el niño, aunque el cobro se suspendiera por el permiso de nacimiento. (art. 81.1)
  • «Si dejo de trabajar la pierdo.» Si al nacer el niño trabajabas o cobrabas el paro, la mantienes hasta que cumpla 3 años. (fuente)
  • «Es compatible con el complemento de ayuda para la infancia.» Por el mismo hijo y los mismos meses, no: hay que elegir. (art. 81.3)

Preguntas frecuentes

¿Cómo se cobra cada mes?

Con el modelo 140 en la sede de la Agencia Tributaria: desde el mes en que lo pides, Hacienda te ingresa 100 € al mes por hijo. La parte de la guardería solo se puede aplicar en la declaración de la renta. (art. 60)

¿Puedo tenerla si cobro el complemento de ayuda para la infancia?

No por el mismo hijo y los mismos meses. Con un hijo menor de 3 años, el complemento da 115 € al mes y la deducción 100 € más la guardería: si pagas guardería, la deducción puede salir mejor. (art. 81.3)

¿Y el padre?

Es de la madre. El padre (o un tutor) solo la tiene si la madre fallece o si él tiene la custodia exclusiva; con custodia compartida, sigue siendo de la madre. (art. 81.1)

¿Cuánto da la guardería?

Hasta 1.000 € más al año por hijo, por los meses completos pagados y sin pasar de lo que pagas, en una guardería o escuela infantil autorizada. (art. 81.2)

Estaba de excedencia cuando nació mi hijo: ¿la tengo?

No: la excedencia por cuidado de hijos, como otras situaciones asimiladas al alta, no da derecho, salvo que cobraras el paro. Si después vuelves a trabajar 30 días, sí, desde ese momento. (fuente)

¿Se puede tener con las ayudas por nacimiento de mi comunidad?

Sí: es del Estado, y las ayudas autonómicas por nacimiento que miramos no la excluyen. Donde hay que elegir es dentro de algunas comunidades: en Castilla y León, quien recibe el Bono Nacimiento pierde la deducción autonómica por ese hijo, pero no esta. La calculadora te enseña las de tu comunidad aparte, en el resultado. (art. 10.3.c)

Lo que conviene saber

  • Si se cobra por adelantado y luego no corresponde (por ejemplo, por cobrar el complemento de infancia), se devuelve en la renta. Hay que comunicar los cambios.

Lo que no damos por seguro

Si tu caso depende de esto, la calculadora te dice «probablemente».

  • Si no nos dices quién de los dos es la madre y solo uno trabaja o cobra el paro, te decimos «probablemente»: la tiene si es ella.
  • La deducción se mira al nacer cada hijo y dura hasta que cumple 3 años, aunque después dejes de trabajar o de cobrar el paro. Solo sabemos cómo estás ahora: si entonces trabajabas o cobrabas el paro, la tienes. Si estabas en excedencia por cuidado de hijos, no.

Fuentes

¿Te corresponde a ti?

La calculadora lo mira con los datos de tu casa, junto con las demás ayudas, sin que salgan de tu navegador.

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