Ayudas del Estado por situación
Ayudas del Estado por discapacidad en 2026: qué da un 33 % y qué da un 65 %
Casi todas las ayudas del Estado por discapacidad dependen de dos cifras del certificado: el 33 % y el 65 %. Con un 33 % cambian las ayudas de la familia, del IRPF, de la luz y del alquiler; con un 65 % llegan las que son dinero cada mes, como la pensión no contributiva o la asignación por un hijo mayor de edad.
La discapacidad no es lo mismo que la dependencia: la paga por cuidar a un familiar en casa sale del grado de dependencia (I, II o III), que se pide aparte. Abajo está, ayuda por ayuda, qué grado hace falta, un hogar de ejemplo y lo que no se puede cobrar a la vez.
Datos comprobados hasta el 30-10-2026 · Revisado por Fadrique Garcia Font.
Calcula las ayudas de tu casaAyuda por ayuda
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Asignación por hijo a cargo con discapacidad
Un hijo menor de edad con un 33 % o más da a sus padres 1.000 € anuales. Si ya es adulto, hace falta un 65 %, y entonces son 496,90 € mensuales (5.962,80 € en el año); con un 75 % y necesidad de ayuda para la vida diaria, 745,20 € mensuales. Da igual lo que gane la familia, pero el hijo tiene que vivir con quien la pide.
Art. 24.1 · comprobado el 27-10-2026
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Pensión no contributiva de jubilación o de incapacidad
Con un 65 % o más y entre 18 y 64 años, la pensión no contributiva de invalidez: hasta 628,80 € al mes en 14 pagas, si tus ingresos propios no llegan a 8.803,20 € al año y los de la familia con la que vives no pasan de un límite. Con un 75 % y necesidad de otra persona, 314,40 € más al mes.
Arts. 363 y 364 · comprobado el 27-10-2026
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Ingreso mínimo vital
Si alguien de la casa tiene un 65 % o más, la renta garantizada del ingreso mínimo vital sube 161,39 € al mes, un 22 % de la de una persona. Es el mismo complemento que tienen las familias monoparentales, y se pueden sumar los dos.
Art. 13.2.a) y d) · comprobado el 28-10-2026
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Deducciones del IRPF por familia numerosa, monoparental o familiares con discapacidad
1.200 € al año en el IRPF por cada hijo, padre o abuelo con un 33 % o más que vive contigo y no gana más de 8.000 € al año, y otros 1.200 € por el cónyuge con discapacidad en las mismas condiciones. Se pueden cobrar por adelantado cada mes, si trabajas dado de alta o cobras el paro o una pensión.
Art. 81 bis.1 · comprobado el 28-10-2026
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Título de familia numerosa
Si uno de los hijos tiene un 33 % o más, dos hijos bastan para ser familia numerosa; también si los dos padres tienen discapacidad, o uno de ellos un 65 %. Para llegar a la categoría especial, cada hijo con discapacidad cuenta como dos.
Art. 2.2 · comprobado el 27-10-2026
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Bono social eléctrico
Una discapacidad del 33 % en el hogar es una circunstancia especial que sube el límite de renta del bono social: para una persona sola, de 12.600 € a 21.000 € de base imponible.
Art. 3.2.a) · comprobado el 27-10-2026
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Ayuda general al alquiler
En las ayudas al alquiler, el límite de ingresos sube a 46.200 € al año con un 33 % y a 50.400 € con un 65 %, y la comunidad puede aceptar alquileres de hasta 1.600 € al mes. Tener una vivienda en propiedad no impide la ayuda si no es accesible por la discapacidad.
Art. 116.1 y 116.2.a · comprobado el 27-10-2026
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Copago farmacéutico: exención o tope mensual
Los menores de edad con un 33 % o más no pagan las medicinas con receta, ni tampoco quien cobra una pensión no contributiva.
Art. 102.8 · comprobado el 27-10-2026
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Pago único por nacimiento o adopción
Si la madre o el padre tiene un 65 % o más, cada hijo que nace o se adopta da derecho a 1.000 € de una vez, con ingresos de hasta 15.356 € al año.
Art. 357 · comprobado el 27-10-2026
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Prestación por cuidados en el entorno familiar
Esta no la da la discapacidad sino el grado de dependencia, que valoran los servicios sociales. Si te cuida alguien de tu familia en casa: hasta 455,40 € al mes con grado III, 315,90 € con grado II y 180 € con grado I, según tu capacidad económica.
Art. 13.1 · comprobado el 27-10-2026
Un hogar de ejemplo
Una pareja de 46 y 44 años con dos hijos: el mayor, de 20 años, tiene una discapacidad del 70 % y no tiene ingresos; la pequeña tiene 12. Solo trabaja el padre, que ganó 22.000 € netos en 2025. Viven en Castilla-La Mancha, en un piso propio, y no tienen todavía el título de familia numerosa.
- Pensión no contributiva de jubilación o de incapacidad
- 628,80 € al mes (probablemente)
- Asignación por hijo a cargo con discapacidad
- 496,90 € al mes
- Título de familia numerosa
- Sí, categoría general
- Deducciones del IRPF por familia numerosa, monoparental o familiares con discapacidad
- Hasta 200 € al mes (probablemente)
- Complemento de ayuda para la infancia
- 57,50 € al mes
- Bono social eléctrico
- 57,5 % de descuento (probablemente)
Por el hijo mayor salen dos ayudas que no se pueden cobrar juntas: la pensión no contributiva a su nombre, de 628,80 € en 14 pagas (8.803,20 € al año), o la asignación por hijo a cargo para los padres, de 5.962,80 € al año. Hay que elegir una, y aquí la pensión da más; queda en «probablemente» porque para ella cuentan los ingresos del padre.
Con un hijo con discapacidad, dos hijos bastan para ser familia numerosa. El título da el bono social eléctrico sin mirar la renta y, en el IRPF, se suma a la deducción por el hijo con discapacidad: hasta 2.400 € al año entre las dos. Y por la hija de 12 años, el complemento de infancia, porque los ingresos están por debajo de su límite.
Es un caso de prueba: un test comprueba que la calculadora da justo esto para este hogar.
Qué se puede cobrar a la vez
- Si un hijo cobra la pensión no contributiva, sus padres no pueden cobrar por él la asignación por hijo a cargo: hay que elegir la que convenga. (art. 361.3)
- La asignación por un hijo con un 33 % o más sí es compatible con el complemento de infancia del ingreso mínimo vital. (DA 10.ª.7)
- Las prestaciones de dependencia no cuentan como ingreso para la pensión no contributiva. Al revés, sí hay descuento: lo que se cobra por necesitar a otra persona (el complemento de la pensión o la asignación por un hijo mayor con un 75 %) se resta de la prestación de dependencia. (art. 31.1)
Errores frecuentes
- «Discapacidad y dependencia son lo mismo.» No: el porcentaje de discapacidad abre la pensión no contributiva, la asignación por hijo o las deducciones, pero la ayuda por cuidar a alguien en casa exige un grado de dependencia, que se valora aparte en los servicios sociales. (art. 18.1)
- «Con un 33 % ya cobro una pensión.» La pensión no contributiva por discapacidad pide un 65 % o más. Con un 33 % lo que cambia son otras ayudas: deducciones, familia numerosa, bono social o alquiler. (art. 363.1.c))
- «La asignación por hijo a cargo depende de lo que gane la familia.» Por un hijo con discapacidad no hay límite de ingresos. Lo que sí cuenta es lo que gane el hijo: si trabajando pasa del salario mínimo anual, deja de estar a cargo. (art. 351.a))
Preguntas frecuentes
¿Qué ayudas hay con un 33 % de discapacidad?
Del Estado, sobre todo ventajas: 1.200 € al año de deducción en el IRPF por un familiar con discapacidad a tu cargo, familia numerosa con solo dos hijos, un límite más alto para el bono social de la luz y para las ayudas al alquiler, y medicinas gratis para los menores. Si es un hijo menor de edad, además, 1.000 € al año de asignación por hijo a cargo. (art. 81 bis.1)
¿Cuánto se cobra con un 65 % de discapacidad?
Si tienes entre 18 y 64 años y pocos ingresos, la pensión no contributiva: hasta 628,80 € al mes en 14 pagas en 2026. Si eres hijo a cargo, tus padres pueden cobrar en su lugar la asignación de 496,90 € al mes. Con un 75 % y necesidad de otra persona, las dos suben: 314,40 € más en la pensión y 745,20 € al mes la asignación. (art. 364)
¿Qué ayudas hay por tener un hijo con discapacidad?
La asignación por hijo a cargo, sin límite de ingresos; familia numerosa con dos hijos; 1.200 € al año de deducción en el IRPF; una semana más de permiso por nacimiento para cada progenitor; y, si es menor, medicinas sin pagar. La asignación se cobra además del complemento de infancia. (art. 351)
¿Una familia con dos hijos, uno con discapacidad, es familia numerosa?
Sí, si ese hijo tiene un 33 % o más, o está incapacitado para trabajar. Es de categoría general; para llegar a la especial, cada hijo con discapacidad cuenta como dos. (art. 2.2 y 4.3)
¿Es compatible la pensión no contributiva con la ayuda de dependencia?
Sí. La ayuda de dependencia no cuenta como ingreso para la pensión. Pero si la pensión lleva el complemento por necesitar a otra persona, ese complemento se descuenta de la prestación de dependencia. (art. 31.1)
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